 |
| |
| + |
Hoy
Jueves |
| |
No hay eventos ingresados en la agenda
de hoy. |
| + |
Mañana |
|
No hay eventos ingresados
en la agenda de mañana. |
|
|
|
| Ver
agenda. |
|
|
|
| |
|
|
|
Noticia Seleccionada |
 |
|
"Dos temas importantes". Columna editorial de Luis Alberto Lacalle en "El País"
07-02-2010 |
|
Tratamos ambos en la misma nota pues creemos que esta es la oportunidad, en un caso ante decisiones legislativas en materia electoral, en el otro, antes de que se inicie el período del Presidente Mujica.
Esta legislatura ha aprobado e insiste en aprobar, mediante mayoría simple, normas que exigen mayoría especial. Tal el caso de normas de carácter electoral que como es sabido requieren, por mandato constitucional clarísimo (artículo 77, inciso 7 de la Carta), de 2/3 de votos conformes en ambas cámaras. Se trata de la exigencia porcentual más alta que nuestra carta magna establece, señalando de esa manera la importancia y trascendencia que otorga la Constitución a las modificaciones de las leyes que regulan, nada menos, la base de legitimidad que sostiene al sistema de gobierno, en función de la legitimidad de origen que le otorga el voto popular.
Atentar contra esta norma, violarla, pasarla por alto es nada menos que minar la base sobre la cual los poderes públicos electivos ejercen sus competencias. Estamos ante el curioso espectáculo que muestra al parlamento erosionando normas que sustentan la legalidad democrática. Las altas mayorías por algo están vigentes, son el fruto de la lucha por la legalidad democrática que se libró durante el primer cuarto del siglo XX y que edificó, mediante el acuerdo de los dos grandes partidos fundacionales, el sistema electoral único y magnífico que utilizamos, en la plenitud de las garantías individuales y colectivas.
Tratar de dar mayor permanencia a las normas electorales exigiendo para su modificación un alto número de votos favorables, es una doble garantía. Por un lado evita que una mayoría simple adecue a sus intereses las leyes bajo las cuales se vota, circunstancia propia de gobiernos que están en la antesala de la ilegalidad total. Por otro, la misma exigencia, asegura que las referidas normativas serán de permanencia larga en el derecho positivo, salvo el ancho acuerdo político para cambiarlas que está cimentado en ese importante porcentaje de los 2/3.
La presente legislatura ha visto a la mayoría absoluta pero simple del Frente Amplio violentar esta garantía. Muchas veces en forma directa. Otras mediante un subterfugio de baja calidad, tal cual es, ante un reclamo de la oposición de que tal o cual proyecto no obtiene los 2/3, consultar a la propia cámara acerca de si interpreta que la norma en discusión es o no de carácter electoral y por tanto debe o no ser apoyada por la mayoría especial. Por supuesto que el sólido bloque oficialista salta de esa manera burda sobre la Constitución e impone modificaciones electorales, en esta oportunidad con motivo de las elecciones municipales.
Alertamos acerca de esta práctica pues el próximo 15 de febrero asume otro parlamento con mayoría frentista. La caída de una Constitución y con ella del régimen democrático puede ser en un solo acto como en 1973 o poco a poco en una erosión que puede llevarnos a eliminar el voto secreto o a modificar la representación proporcional, ambas -entre otras garantías-, defendidas por la mayoría especial. Deberá acudirse ante todas las instancias para lograr detener el atropello.
El segundo tema trata nuestras relaciones con Argentina. Con este país vecino queremos y debemos relacionarnos de la mejor manera, así como con Brasil, que son las prioridades absolutas en la agenda internacional de Uruguay. Con los dos tenemos asuntos pendientes de resolver, pero sin lugar a duda, el tema del bloqueo de los puentes es el que domina la relación y debe ser resuelto de manera urgente y prioritaria. Todo el asunto desemboca en un tema de resorte interno del gobierno argentino que si bien es de carácter interno de la nación vecina, violenta el Tratado de Asunción y por ende perjudica los legítimos intereses de nuestro país. También es, la dicha situación, violatoria de la constitución y las leyes argentinas. Los tres ordenes normativos garantizan el derecho al libre tránsito por carreteras y puentes siendo responsabilidad de las autoridades vecinas el restablecer dicho derecho mediante el correspondiente ejercicio de la autoridad. Ello no menoscabaría en modo alguno el derecho a protestar y reclamar por quienes sostengan opiniones contrarias a la instalación de la famosa fábrica de Botnia, pero es propio de un sistema de derechos completo, que se puedan ejercer contemporáneamente el uno y el otro. Quienes quieran cruzar el puente deben poder hacerlo y quienes quieran protestar por el mentado tema ejercer ese derecho en cualquier lugar, pero sin molestar, y menos impedir, la otra libertad.
Así debe de ocurrir en una sociedad en la que se respeten en un mismo nivel derechos de la misma jerarquía. Por tanto lo primero y previo que debe ocurrir es que se libre el tránsito de personas, vehículos, bienes y servicios como establece el Tratado de Asunción. Es de público conocimiento que en otras regiones del territorio argentino se ha actuado correctamente, ejerciendo la autoridad y librando el paso por carreteras y caminos a quienes tienen derecho a hacerlo, repetimos que sin violentar el derecho a protestar. No hay pues que darle muchas vueltas al asunto. Esperamos que se actúe de la manera que corresponde para defender la legalidad y sacar del medio de nuestra relación bilateral -ya de por sí plena de asuntos importantes-, este escollo que ha durado más de lo que debería en una materia de buena vecindad que todos deseamos que sea excelente. La decisión la tiene el gobierno de la Sra. Presidenta Fernández de Kirchner.
Esperemos que durante el próximo gobierno de nuestro país esto sea nada más que un mal recuerdo, especialmente para el próximo mes de mayo, donde todos deseamos poder conmemorar juntos, como corresponde, el bicentenario de la revolución de Mayo que marcó un nuevo camino para las dos patrias ….
[-]
|
| |
|
|
 |
 |
|